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La Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República manifestaron que consideran la protesta pacífica un derecho fundamental reconocido en la Constitución Política. Pero también se pronunciaron como garantes y protectores de los derechos humanos de toda la población, por lo que, en el marco de sus competencias, dijeron que seguirán “trabajando en el esclarecimiento y la determinación de responsabilidades penal, disciplinaria y fiscal de lo acontecido durante las manifestaciones en Colombia”.

Precisaron que los bloqueos u obstrucciones a la vía pública “no constituyen una expresión de la protesta pacífica, pues violentan derechos y producen daños irreparables a la población”. Agregaron que cuando estos están acompañados de la utilización de medios ilícitos, son un delito y atentan contra los derechos humanos de toda la población colombiana.

“Por lo tanto, los perpetradores e instigadores de estos pueden estar incursos en responsabilidad penal. Adicionalmente, si son funcionarios públicos podrían recibir sanciones disciplinarias y fiscales. Estos actos deben ser rechazados por la sociedad colombiana y enfrentados con todas las herramientas legales e institucionales”, manifestaron.

Procuraduría, Fiscalía y Contraloría advirtieron que todos los niveles de la administración pública deben actuar para la aplicación de la Constitución y la Ley y que, por lo tanto, deben proteger los derechos de toda la nación.

“Bienvenidos todos los espacios de deliberación y construcción de acuerdos, pero nunca por vías de hecho que saboteen el vivir de los ciudadanos”, concluyeron.

El pronunciamiento de los organismos de control penal, fiscal y disciplinario de la República suceden al del presidente Iván Duque hecho el 19 de mayo, igualmente reconociendo la protesta pacífica, pero rechazando tajantemente los bloqueos en las carreteras, que vienen afectando a millones de ciudadanos.

El Presidente les recordó a los protagonistas de estos actos, su ilegalidad tipificada como delito en el artículo 353A del Código Penal Colombiano:

“El que por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) a cuarenta y ocho meses (48) y multa de trece (13) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes y pérdida de inhabilidad de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión”.    

Por lo tanto, el Jefe de Estado dio instrucciones a todos los niveles de la Fuerza Pública para que, con los alcaldes y los gobernadores, desplieguen su máxima capacidad operacional para que, dentro de la proporcionalidad y dentro del estricto cumplimiento de los derechos humanos y su protección, les permitan a todos los colombianos recuperar la movilidad y el bienestar que les han venido quitando quienes han recurrido a los bloqueos de las vías.

Tanto el Ejecutivo como los organismos de control penal, fiscal y disciplinario que se han pronunciado este sábado, 22 de mayo de 2021, han recordado que Colombia es una democracia regida por una Constitución Política que deben hacer cumplir por el bienestar de todos los ciudadanos.