La empresa de Consultorías y Servicios Especiales De La Espriella Lawyers Enterprise “remitirá una solicitud de rectificación al ciudadano que aparece como autor del guión original del espacio difamatorio denominado Matarife», mediante el cual, Daniel Mendoza (el autor del guión), -según el comunicado de la firma de abogados- busca demostrar los presuntos nexos del expresidente de la República y hoy Senador por el Partido Centro Democrático, Álvaro Uribe Vélez, con redes de narcotraficantes y paramilitares.

La solicitud que anuncia la firma De La Espriella Lawyers obedece a un requisito de procedibilidad, o sea, paso constitucional y legalmente necesario para dar el siguiente, el cual consiste en los procesos judiciales a que haya lugar contra las personas que han participado en la presunta causa difamatoria contenida en la serie On Line denominada “Materife”.

La firma apoderada del expresidente Uribe Vélez insistirá en la defensa de sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre, demostrando la equivocada interpretación de un fallo de tutela que supuestamente facultó al periodista e inspirador de la serie digital “Matarife”, “a utilizar términos denigrantes, calumniosos y violatorios del derecho constitucional a la honra y buen nombre” del expresidente Uribe.  

Este es otro capítulo más en el que queda en evidencia la colisión del derecho fundamental a la libertad de expresión con los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre.

Aparentemente existe el desconocimiento del concepto de proporcionalidad por parte de algunos jueces de tutela, quienes lo desconocen otorgando ciegamente la prevalencia al derecho a la libertad de expresión sobre el principio de dignidad humana y los derechos a la honra y al buen nombre. Seguramente carecen de la ponderación necesaria exigida por el concepto de proporcionalidad, que tampoco, por supuesto, debe llevarlos a otorgar la prevalencia de los segundos derechos sobre el primero.

Pero nadie –ni jueces, ni accionantes, ni accionados, ni sociedad, ni periodistas- debería perder de vista que ante la existencia de la tensión entre principios y derechos fundamentales debe prevalecer la interpretación constitucional armoniosa que sugiere el artículo 95 de la misma Carta Política de Colombia: “respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios”.

Por eso es normal que algunos jueces fallen con la creencia de que prevalece la libertad de expresión. Es más racional aún que otros jueces exijan las pruebas contundentes que le generen la certeza de estar garantizando la libertad de expresión, de opinión y de prensa porque, sin duda alguna, parte de afirmaciones fundadas en la veracidad y en la imparcialidad.

Pero no es normal ni lógico que un juez de tutela le haya otorgado a un periodista licencia para difamar a un ciudadano, como lo expresa el comunicado de la firma De La Espriella Lawyers Enterprise, en el caso del inspirador y realizadores de “Matarife” contra Álvaro Uribe Vélez.

De nuevo, vale la pena recurrir al “Padre de la ética periodística en Latinoamérica”, Javier Darío Restrepo, quien escribió en su libro “El zumbido y el moscardón”, que hay tanta soberbia en algunos periodistas que se sienten prevalidos de su condición de periodistas “para ponerse por encima de las leyes”. Contaba Javier Darío Retrepo que algunos periodistas, “tras la armadura de la libertad de expresión, pretenden burlar la justicia”. E igualmente se refería a algunas asociaciones gremiales “que frente a un recurso de amparo constitucional o acción de tutela, tuvieron la arrogancia de afirmar que ese instrumento legal no procedía contra la prensa”

Puede Leer: DERECHO A LA LIBERTAD DE PRENSA NO ES “PATENTE DE CORSO” PARA VULNERAR OTROS DERECHOS

De nuevo, frente al caso de los autores de la serie digital “Matarife” y frente a los muchos que a diario utilizan medios tradicionales y redes sociales para injuriar y calumniar, hay que confiar en el buen “juicio” de los jueces de la República, que entiendan que no se trata de un debate contra la libertad de expresión, de opinión y de prensa, sino a favor de la protección de la honra, el buen nombre y la dignidad de las personas.