La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme, en segunda instancia, la condena de Luis Alfredo Ramos Botero a 95 meses de prisión (7 años y 11 meses) como autor del delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales. De acuerdo con el fallo, el Exalcalde de Medellín, Exgobernador de Antioquia y Excongresista es responsable de haberse aliado con grupos de autodefensa para que incidieran en favor de sus campañas al Senado de la República (2002 – 2006) y a la Gobernación de Antioquia (2008 – 2011).

Además, el Alto Tribunal de la jurisdicción Ordinaria ratificó que en desarrollo de ese acuerdo ilegal, Ramos Botero se reunió en 2005 con jefes paramilitares con la intención de promover sus intereses en el Proyecto de Ley de Justicia y Paz que cursaba en el Congreso. En dicha reunión, según la Corte, se reunió con Iván Roberto Duque, alias “Ernesto Báez”; Rodrigo Pérez Alzate, alias “Julián Boívar”; y Pablo Hernán Sierra, alias “Alberto Guerrero”.   

Todo lo cual quedó al descubierto con las diversas reuniones y apoyos económicos y electorales de que ha dado cuenta profusa prueba destacada y que culminaron en la finca Bellanita, son pretexto de incidir en el trámite de una ley que indudablemente iría a favorecer al grupo armado, al dale la posibilidad de obtener un estatus político”, plantea el Fallo.   

En septiembre de 2013, la Corte Suprema de Justicia había dictado medida de aseguramiento contra el Exgobernador de Antioquia, dentro de la investigación por sus presuntos nexos con grupos paramilitares, decisión que se produjo tras las declaraciones de Juan Carlos Sierra, alias “El Tuso”. El Alto tribunal consideró que  las declaraciones, según las cuales el ex Gobernador habría sostenido en 2005 una reunión con Iván Roberto Duque, alias “Ernesto Báez”, y Hugo Albeiro Quintero, alias “El Patrón de Bello”, en este municipio del Norte del Valle de Aburrá, eran suficientes para que Luis Alfredo Ramos estuviera recluido en la Escuela de Caballería. Según  el Alto Tribunal, en esa reunión, organizada por los hermanos Carlos y Vicente Castaño, le expresaron sus intereses relacionados con la Ley de Justicia y Paz, en desarrollo de la cual no estaban dispuestos a pagar ni un día de cárcel.

En noviembre de 2016, la Corte Suprema de Justicia lo dejó en libertad incondicional por vencimiento de términos, luego de ser revocada la medida de aseguramiento por la Sala Penal del Alto Tribunal .

La decisión de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratifica la decisión de la Sala Especial de Primera Instancia del 1 de octubre de 2021, según la cual no hay lugar al beneficio de prisión domiciliaria o cualquier otro beneficio.  

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