Conductores que reincidan en infracciones de tránsito en un período de seis meses serán sancionados, además, con la suspensión de la licencia de conducción durante seis meses y hasta por un año, si la reincidencia es mayor.
La secretaria de Movilidad de Bello, Johana Posada Torres, informó que desde el primero de octubre de 2018, entró en vigencia la resolución mediante la cual los agentes de tránsito de este municipio del norte del Valle de Aburrá están facultados para suspender la licencia de conducción a los infractores reincidentes. La reincidencia debe ocurrir en menos de seis meses.
Posada Torres dijo que la medida está fundamentada en el artículo 124 de la Ley 769 de 2002, por la cual se expidió el Código Nacional de Tránsito Terrestre. La Funcionaria manifestó ante las quejas de algunos ciudadanos que han invocado la Constitución Política de Colombia, en particular, los artículos referidos a los derechos fundamentales a la libre locomoción y al trabajo, que cuando hay colisión de derechos prevalece el más importante, en este caso la vida.