El personero de Medellín, Guillermo Durán Uribe, está seguro de que el Decreto del presidente Duque que busca «reglamentar parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas», responde a una necesidad de orden y salud públicos que no lo hacen inconstitucional.

El Personero de Medellín explica que la Ley 30 de 1986, conocida como Estatuto Nacional de Estupefacientes, fue puesta en práctica en materia de permitir la conducta de portar y consumir una dosis mínima de sustancias psicotrópicas, pero no en cuento a la obligación de establecer campañas de prevención y programas educativos contra el consumo del alcohol, el tabaco y los estupefacientes. Por eso -precisa Durán Uribe- se volvió masivo el consumo de drogas llevando al País a un problema de salud pública, de salud mental de las personas adictas, de desintegración y violencia intrafamiliar, de microtráfico y narcomenudeo, de rentas ilegales, de violencia, homicidios y desplazamiento forzado, entre otros delitos.

En consecuencia -según el Personero de Medellín- el Proyecto de Decreto del presidente Iván Duque va a generar controversia, especialmente frente a la supuesta vulneración del principio de dignidad humana y del derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad, declarados constitucionales mediante Sentencia C-221 de 1994. Aunque recuerda que, igualmente, existe la prohibición del consumo, salvo prescripción médica, en el Acto Legislativo 02 del 2009.

A sabiendas de la controversia jurídica, política y social, el personero Guillermo Durán cree que el Proyecto de Decreto contra el porte, tenencia y uso personal de sustancias psicoactivas se encontrará a favor que los derechos fundamentales tienen límites si, como en este caso, se enfrentan a normas de orden público y al derecho de los demás a la moral y a las buenas costumbres.