Agencia Virtual de Prensa –AVP-. Los departamentos y municipios de Colombia estrenarán la Ley 1909 de 2018, “por medio de la cual se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes”. Como ya lo hizo el Congreso de la República al poner en práctica el artículo 24, otorgándoles sendas curules en Senado y Cámara de Representantes a Gustavo Petro y a Ángela María Robledo, las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales lo harán en concordancia con los resultados electorales del 27 de octubre próximo, según el artículo 25 de la Ley en comento.
Sin embargo, hay una diferencia que preocupa al representante a la Cámara por el Partido Conservador, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán:
“A diferencia del Congreso, adonde llegaron Gustavo Petro y Ángela María Robledo sin que se hayan disminuido las curules, pues, al contrario, aumentaron una para cada Cámara, mientras las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales deberán ceder una de sus curules, amenazando el ingreso de candidatos que hayan participado en las elecciones”, informa Echeverry Alvarán.
El Representante conservador antioqueño cree que los más afectados serán los grupos minoritarios. Agrega que esta vez será consecuencia de la cifra repartidora que resultará de dividir el número de votos válidos, por el número de curules de cada corporación local y regional. Su duda es si será «menos una»: en el caso de la Asamblea de Antioquia ya no se dividiría por 26 sino por 25. Y en el caso del Concejo de Medellín, por ejemplo, no se dividiría por 21 sino por 20.
“Una menos porque será la otorgada directamente al candidato a la Alcaldía o Gobernación que haya obtenido la segunda mayor votación, si desea aceptarlo y, en consecuencia lo manifiesta por escrito ante la comisión escrutadora competente”, recuerda Echeverry Alvarán.
Según el Representante conservador, la Ley 1909 de 2018 fortalece el control político pero desmejora las posibilidades de ingreso a las corporaciones públicas de los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos minoritarios, lo que es contradictorio con el espíritu del Estatuto de Oposición.
Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán dice que “a estas alturas se desconoce la reglamentación que permita saber qué pasará si el candidato a cargo uninominal no acepta la curul, cómo o por cuántas curules se dividirán los votos. Eso lo debe aclarar cuanto antes el Consejo Nacional Electoral para que los partidos puedan armas sus cábalas”.
Echeverry Alvarán manifiesta que son varias las constancias que ha dejado en la Cámara pidiendo que no se sigan desmejorando las condiciones de las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales. Ha planteado que a estas corporaciones hay que fortalecerlas y no tratarlas de manera desigual, como parece ocurrir con las curules para poner en práctica el Estatuto de Oposición, que para el Congreso se aumentan pero a las Asambleas y Concejos se les disminuyen.