La contralora General de Medellín, Diana Carolina Torres, dice que el balance del IX Congreso Nacional de Contralores es muy positivo, gracias al intercambio de experiencias y conocimientos entre los 67 contralores del País participantes y las de los invitados con otra experticia diferente a la fiscal, quienes aportaron en temas como “El Control Fiscal en el marco constitucional”, “Metodología para la valoración de costos ambientales en las actuaciones del control fiscal”, “La importancia del control social en el fortalecimiento del control fiscal”, “Formulación de hallazgos de tipo penal”, “Buen gobierno y ética en el control fiscal”, “Contratación estatal en el marco de la responsabilidad social” y “El contrato de seguro en la responsabilidad fiscal”, entre otros.
Quedó claro que los fallos de responsabilidad fiscal pueden escalar a responsabilidad disciplinaria y penal. De ahí la importancia de que la Contraloría interactúe con la Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación.
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Respecto del escepticismo que en Colombia generan los organismos de control, Diana Carolina Torres dice que encuentros como el reciente Congreso buscan fortalecer a los contralores para que ganen confianza, asegurándole al País que sí hay vigilancia.
“Se trata de garantizar el fortalecimiento de las capacidades. Llegamos al compromiso de que las contralorías fuertes entreguen insumos a las más débiles para hacer un control fiscal local y regional en manera conjunta. Pretendemos que las investigaciones sean más rápidas y mas sustentadas, porque ello permite que los organismos de control ganen confianza”, manifestó la Contralora en Sinergia Informativa.
Agrega que la ciudadanía debe comprender que los procesos demandan su tiempo y, por eso, a veces se demoran un poco, pero ello obedece a los términos propios de los mismos. Sin embargo, el Acto Legislativo 04 de 2019, por el cual se reformó el régimen de control fiscal, le otorgó agilidad a los procesos en la Contraloría General de la República, cuyo control podrá ser preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público, lo que no implica coadministración. En cambio, las contralorías departamentales, distritales y municipales deben continuar actuando mediante control fiscal ejercido en forma posterior y selectiva.
Precisamente, el control preferente ejercido por la Contraloría General de la República, con la agilidad que le garantiza el nuevo régimen de control fiscal, le ha permitido asumir con relativa agilidad el caso de Hidroituango, en el cual ya falló con responsabilidad fiscal en contra de 26 personas naturales y jurídicas.
Según la Contralora General de Medellín, este es un proceso que ha sido ágil, seguramente entendiendo la importancia del Proyecto Hidroeléctrico para el País. No obstante, el cambio de contratistas no depende exclusivamente de que la Contraloría General de la República falle de manera adversa, si así ocurriese, sino de otras acciones legales que se pueden interponer y que, por ejemplo, se decreta la caducidad del contrato.
“Hay que mirar cómo serían las acciones legales de EPM, si considera prudente hacer cambios, haciendo obviamente un profundo análisis desde los diferentes puntos de vista, pensando más en el bienestar del Proyecto y de los recursos públicos”, manifestó.
Es necesario tener en cuenta, además, que después de un posible fallo adverso en segunda instancia, los responsables fiscales tendrán la posibilidad procesal de solicitar revisión del fallo al Consejo de Estado, lo que dilata aún más los tiempos. Diana Carolina Torres finalizó afirmando que la participación de la ciudadanía es fundamental porque si se articula con los organismos de control, el proceso de vigilancia de los recursos públicos será más eficiente.