La convocatoria a una nueva consulta popular presidencial para el 8 de marzo de 2026, ordenada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), enfrenta dos acciones jurídicas simultáneas que ponen en entredicho su legalidad y sus efectos dentro del proceso electoral 2026–2030: los abogados Martín Emilio Cardona Mendoza y Juan Esteban Galeano Sánchez interpusieron una demanda de nulidad ante el Consejo de Estado y una solicitud de revocatoria de inscripción presentada directamente ante el CNE.
La Registraduría Nacional del Estado Civil rechazó, mediante Resolución 889 de 2026, la postulación del exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, para participar en las consultas interpartidistas del próximo 8 de marzo. La Registraduría concluyó que Daniel Quintero no puede participar en otra consulta, pues el 26 de septiembre de 2025 se presentó ante la Registraduría para postular su participación, con Carolina Cocho e Iván Cepeda, en la consuolta popular que se realizó el 26 de octubre, con la finalidad de escoger el candidao del Pacto Histórico.