El Código de Infancia y Adolescencia determina que a los menores de 18 y mayores de 14 años de edad que infringen la norma penal, se les debe proteger y rehabilitar.

Frente al caso del menor de 14 años que fue detenido por la autoridades en Medellín, por ser el presunto responsable de doble homicidios en el barrio Santa Lucía y de otros ocho antes de cumplir los 14 años, el abogado penalista, Hernando Helí Grisales, dijo que cuando un menor de edad infringe la norma penal, no necesariamente se le impone una sanción.

El jurista manifestó que lo primero que se debe hacer es establecer la causa y determinar el porqué infringió la norma penal, y si la razón está en la ausencia del Estado como usualmente ocurre con los niños, niñas y adolescentes de los barrios más desfavorecidos, lo consecuente es que el mismo Estado se encargue de rehabilitar al menor, protegerlo y vincularlo nuevamente a la sociedad.

Grisales expresó que el Derecho Penal establece que a los menores de 18 y mayores de 14 años de edad se les aplica el Código de Infancia y Adolescencia, el cual establece que al acusado se le deben imponer medidas de rehabilitación y protección. Por su parte para los mayores de 18 años se les aplica el Código Penal, que establece una medida de sanción o pena que puede ser de prisión o multa.

Sin embargo, según la experiencia de Hernando Helí Grisales, el 90% de los infractores de la norma son menores de edad y de ellos, el 95% tienen consciencia del daño antijurídico que están produciendo en la vida y los bienes de sus víctimas.