Gobernación de Antioquia emitió un Decreto para regular el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos, educativos y deportivos del Departamento.

El gobernador de Antioquia, Luis Pérez Gutiérrez, emitió un Decreto por medio del cual restringe el consumo de sustancias psicoactivas en los espacios públicos, educativos y deportivos de uso cotidiano de niños, niñas y adolescentes, en todo el territorio del Departamento.

El Decreto, que rige a partir de este lunes, 22 de julio, dispone que queda restringido el consumo de marihuana y demás sustancias psicoactivas entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m. en 100 metros a la redonda de los establecimientos educativos en niveles de Buen Comienzo, preescolar, básica y media.

El consumo también es restringido entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche en parques públicos y escenarios deportivos de los municipios de Antioquia. Además, no se podrán consumir sustancias psicoactivas entre las 8:00 a.m. y las 8:00 p.m. en 50 metros a la redonda de las bibliotecas. La restricción también se extiende a las ciclovías, en donde no se podrá consumir entre las 5 de la mañana y las 8 de la noche.

Cabe aclarar que aunque la Corte Constitucional tumbó la prohibición del Código Nacional de Policía y Convivencia para consumir licor y sustancias psicoactivas en espacios públicos y parques, también determinó que las autoridades competentes tienen facultades de crear restricciones para el consumo, pero argumentando las limitaciones, y precisando cuándo, dónde y de qué manera se restringe ese comportamiento.