Agencia Virtual de Prensa –AVP-. Apoyo irrestricto al artículo que se adicionaría al Proyecto de Ley 087 de 2014, por medio del cual se busca modificar la Ley 84 de 1989, el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal, anunció el “econgresista” Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán. El artículo al que se refiere el Representante a la Cámara, pretende eliminar las riñas de gallos, el rejoneo, el coleo, las corridas de toros, las corralejas, las novilladas y las becerradas, prácticas que permiten maltratar los animales.
El Proyecto de Ley 087 que pasó en la Cámara de Representantes, no incluyó estas prohibiciones. Pero en la Cámara Alta, el senador Armando Benedetti presentó la propuesta de sancionar estas prácticas crueles contra los animales.
“De esta manera se derogaría el artículo 7 de la Ley 84 de 1989 que hoy permite la realización de los espectáculos mencionados, en los cuales se admite la crueldad con los animales”, explica el representante a la Cámara, Nicolás Albeiro Echeverry.
El “Econgresista” antioqueño espera que el Proyecto 087 de 2014 se convierta muy pronto en Ley de la República, y así permitir que los animales puedan ser considerados legalmente como seres sintientes y no como simples cosas. El Proyecto de Ley, cuyo autor es el representante Juan Carlos Losada, busca modificar la Ley 84 de 1989 que, a pesar de haber pretendido brindar especial protección a los animales para evitarles sufrimiento y dolor causados directa o indirectamente por el hombre, no ha sido eficaz.
A propósito de Losada, quien actualmente enfrenta su pérdida de curul al encontrarle el Consejo de Estado que se le adicionaron votos sin una razón justificada, Nicolás Albeiro Echeverry le aseguró que mientras soluciona su situación, como “Econgresista” seguirá enarbolando la bandera de la protección animal en el Congreso.
“Lamento lo de Juan Carlos porque es una persona que ha luchado desde el Congreso por dignificar la vida de los animales. Espero que su situación se aclare muy pronto ante las autoridades electorales”, dijo Nicolás Albeiro Echeverry.
Echeverry Alvarán espera que el nuevo artículo no se convierta en punta de lanza de quienes saben hacer el lobby suficiente para que las corridas de toros, las corralejas, las novilladas y las becerradas no sean prohibidas, y lleven al archivo del Proyecto de Ley 089.
Pero sí continúa su trámite hasta su aprobación, al Código Penal Colombiano se le agregará el artículo 339A, que permitirá sancionar con prisión de 12 a 36 meses a quienes “maltraten a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su integridad física”. También el artículo 339B, que precisa aumento de la pena de prisión si la conducta se comete con sevicia, en vía o sitio público.
Al Código de Procedimiento Penal se le adicionará un numeral 7 que les asignará a los jueces penales municipales la competencia para conocer “de las conductas contra los animales”.