El Juzgado Cuarenta y Siete Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Medellín concedió la acción de tutela interpuesta por el ciudadano Santiago Alarcón Serna y concluyó que la cancelación institucional del lanzamiento del libro “El M-19. De la guerra a la política” vulneró los derechos fundamentales a la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación política.
El Juzgado ordenó al Distrito de Medellín, a través de su alcalde Federico Gutiérrez, y a la Biblioteca Pública Piloto de Medellín, a través de su director designado que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles a la notificación del fallo, emita una comunicación oficial, en la cual: (i) Se reconozca que, con ocasión de las actuaciones desplegadas en el marco del evento de lanzamiento del libro “El M-19. De la guerra a la política”, de autoría del profesor Jaime Rafael Nieto López, programado para el día 21 de abril de 2026 en las instalaciones de la Biblioteca Pública Piloto de Medellín, se generó una afectación a los derechos fundamentales a la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación política del accionante, así como de los señores Jaime Rafael Nieto López (autor de la obra), Fredy Alexander Chaverra Colorado y José Miguel Sánchez (integrantes del panel expositor), y de la Editorial “Desde Abajo”, en su condición de editorial de la obra y (ii) se reafirme el compromiso institucional del Distrito de Medellín y de la Biblioteca Piloto de Medellín con la protección de dichos derechos, la pluralidad de ideas y la prohibición de la censura. Dicho comunicado deberá ser difundido a través de los mismos canales institucionales y medios oficiales empleados para la difusión de las actuaciones que dieron origen a la presente controversia.
La decisión judicial se produjo luego de analizar los hechos ocurridos el 21 de abril de 2026, cuando estaba prevista la presentación de la obra del profesor Jaime Rafael Nieto López en la Biblioteca Pública Piloto de Medellín. Según el expediente, minutos antes del inicio del evento el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, publicó un mensaje en la red social X ordenando impedir su realización, tras lo cual la Biblioteca suspendió el apoyo institucional al acto.

Aunque el lanzamiento finalmente se llevó a cabo gracias a la permanencia de los asistentes, aunque sin respaldo oficial, el despacho judicial consideró que ello no elimina la vulneración de los derechos fundamentales, pues la cancelación sí produjo una afectación constitucional.
Durante el trámite, el Distrito de Medellín y la Biblioteca Pública Piloto sostuvieron que nunca existió censura, argumentando que el libro jamás fue prohibido, que su circulación continuó normalmente y que el evento terminó realizándose.
Las entidades defendieron además que la decisión obedeció al cumplimiento de la Ley de Garantías Electorales y al deber de preservar la neutralidad institucional durante la campaña presidencial, al considerar que el evento tenía una dimensión política y no exclusivamente académica.
También alegaron que existía un “hecho superado”, pues la actividad finalmente se desarrolló, razón por la cual solicitaron negar la tutela.
Por su parte, el accionante, la Editorial Desde Abajo y los profesores vinculados al proceso sostuvieron que la suspensión constituyó un acto de censura previa, prohibido por la Constitución, al impedir inicialmente el desarrollo de un espacio académico dedicado al análisis histórico del M-19.
En un fallo de 33 páginas, el despacho realizó un amplio estudio de la jurisprudencia constitucional sobre la libertad de expresión, el acceso a la información, la participación política y la prohibición de la censura.
La juez Victoria Elena Buelvas recordó que la libertad de expresión goza de una protección reforzada cuando se refiere a asuntos de interés público y que la Constitución prohíbe expresamente la censura previa.
Uno de los aspectos centrales de la decisión consiste en diferenciar entre un discurso político y una actividad de proselitismo electoral.
El despacho concluyó que el hecho de que un libro aborde temas políticos o históricos no significa, por sí solo, que constituya propaganda electoral.
Según la Providencia, las entidades accionadas no lograron demostrar que el evento buscara promover una candidatura, influir en la intención de voto o favorecer a un partido político determinado.
Por el contrario, el Juzgado estimó que la presentación correspondía a un escenario académico y cultural orientado al análisis histórico y político de un movimiento que hace parte de la historia reciente del País, actividad que se encuentra especialmente protegida por la libertad de expresión.
La decisión también advierte que los funcionarios públicos conservan su derecho a la libertad de expresión, pero están sometidos a deberes reforzados derivados de su condición de autoridades, especialmente cuando sus actuaciones pueden afectar derechos fundamentales de los ciudadanos.
Como consecuencia de la decisión, el Juzgado concedió el amparo constitucional y ordenó al Distrito de Medellín y a la Biblioteca Pública Piloto emitir, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, una comunicación oficial. En ese pronunciamiento deberán reconocer que las actuaciones desplegadas durante la cancelación del lanzamiento del libro generaron una afectación a los derechos fundamentales del accionante, del autor de la obra, de los integrantes del panel académico y de la Editorial Desde Abajo.
Asimismo, deberán reafirmar su compromiso institucional con la protección de la libertad de expresión, el acceso a la información, la participación política, el pluralismo de ideas y la prohibición de la censura, difundiendo dicha comunicación por los mismos canales institucionales utilizados durante la controversia.
El despacho, sin embargo, negó la solicitud de ordenar la realización de un nuevo lanzamiento del libro, al considerar que el objeto material del evento ya se cumplió, aunque estimó indispensable adoptar medidas simbólicas y de garantía de no repetición frente a la vulneración constatada.





























