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El presidente Iván Duque Márquez presentará este lunes, 15 de marzo de 2021, la Ley 2085 de 2021, por medio de la cual se adopta la figura de la depuración normativa, se decide la pérdida de vigencia y se derogan expresamente normas de rango legal.

Tiene como finalidad analizar las normas con fuerza de ley expedidas desde 1886 hasta el 31 de diciembre de 2014, para determinar cuáles se encuentran efectivamente vigentes y con capacidad de producir efectos jurídicos y cuáles, por el contrario, habrían dejado de estar vigentes o de tener capacidad de producir efectos jurídicos, para proceder a derogarlas definitivamente o dar certeza sobre el final de la vigencia de las mismas.

Con la Ley se derogan expresamente 608 normas de rango legal, por presentarse el fenómeno jurídico de la obsolescencia e incompatibilidad con el régimen constitucional vigente.

Lo que establece la Ley

El objeto de la Ley es la expulsión definitiva del ordenamiento jurídico colombiano de cuerpos normativos completos, de rango legal, considerados como anacrónicos, obsoletos o en desuso, así como de aquellos que vulneran las normas constitucionales. Con ello, se permite fortalecer el sistema normativo para brindar un mayor grado de seguridad jurídica para los ciudadanos.

Por otra parte, se consagra que los jefes o directores jurídicos de las entidades estatales deberán determinar las normas administrativas, de carácter general y abstracto del sector correspondiente, respecto de las cuales haya operado la pérdida de fuerza ejecutoria por haberse derogado expresamente su fundamento jurídico como resultado de la depuración efectuada en esta ley, y procederán a dejarlas sin efectos mediante otras normas del mismo rango jerárquico.

Se consagra la cultura de la legalidad, con el propósito de crear y profundizar en la comunidad la consciencia del cumplimiento de las normas jurídicas, como parámetros de conducta en el marco del respeto a la dignidad humana, la libertad y la igualdad.

Se establece la articulación y actualización del Sistema Único de Información Normativa SUIN-Juriscol, sistema que deberá publicar, cada año, el listado de las normas derogadas expresamente, declaradas inconstitucionales o ilegales y el listado de las normas constitucionales y legales que hayan sido reglamentadas a pesar de existir un deber expreso de reglamentación.

Los beneficios

Con la derogación de estas normas, los ciudadanos tendrán los siguientes beneficios:

• Conocimiento, por parte de las personas, de las reglas de interacción entre la sociedad y el Estado; saber cuáles son sus derechos y obligaciones vigentes en busca de unos propósitos de interés general.

• Se logra la actualización o adecuación a la realidad jurídica, económica, cultural e histórica, entre otras, de las normas expedidas, con el objetivo de lograr los fines para los cuales se dictan en todas las esferas de la estructura del Estado y las relaciones con las personas.

• Permite al servidor público, como instrumento, conocer cuáles son sus competencias y las sanciones por violar las normas, por omisión o extralimitación de funciones.

• Igualmente, permite conocer al ciudadano, por aplicación del artículo 6 de la Constitución Política, cuáles son sus derechos y por cuáles conductas responde ante las autoridades por violación de la Constitución y las leyes. El conocimiento de las normas vigentes es una condición básica para que el Estado exija su cumplimiento.

• La depuración permanente del ordenamiento jurídico es una obligación para un Estado Social y Democrático de Derecho, que permite fortalecer el principio constitucional de seguridad jurídica, el cual exige que el ordenamiento legal sea claro, preciso y su aplicación previsible para los administrados.

Esta Ley de Depuración Normativa se desarrolló bajo la coordinación de la Dirección del Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y del Derecho.