Tratos distintos han recibido, hasta hoy, las leyes 1327 y 1354 de 2009, mediante las cuales se convoca a referendos reformatorios de la Constitución, la primera para permitir la condena de cadena perpetua a los asesinos y violadores de niños y la segunda para autorizar una nueva reelección del presidente de los colombianos. Veamos:
La Ley 1327, mediante la cual se convoca al referendo para permitir la cadena perpetua para los agresores de los niños, se aprobó en el Congreso el día 16 de junio del presente año. Un mes después, el 15 de julio, fue sancionada por el Presidente y ese mismo día se promulgó en el Diario Oficial. A los nueve días ingresó a la Corte Constitucional para su revisión y se le asigna el radicado CRF-002. El 20 de agosto, casi un mes después, se designa ponente a la magistrada María Victoria Calle y 17 días más tarde, es decir, el 7 de septiembre se notificó que se inició el trámite y se decretan las pruebas.
Noventa días lleva en los referidos trámites el referendo que permitirá castigar duramente a los violadores y asesinos de niños. Veamos ahora lo que está pasando con el referendo reeleccionista: Fue aprobado en el congreso el 1° de los corrientes. Siete días después, es decir, el 8 de septiembre, es sancionado por el Presidente, promulgado en el Diario Oficial y el mismo día es radicado en la Corte Constitucional, donde se le asignó el radicado CRF-003. El 16 de septiembre la Corte designa como ponente al doctor Humberto Sierra Porto.
Para decirlo en términos simples: mientras el proceso del primer referendo se llevó 90 días en trámite señalados en el Congreso, la Presidencia y la Corte Constitucional, el de la reelección ha recorrido el mismo trayecto en solamente 15 días. Así que, como decían las abuelas, desde el desayuno se ve el hambre que se aguantará en el día. Entendible la velocidad con que el Congreso y el Ejecutivo le imprimieron al trámite de la ley que convoca al referendo reeleccionista, el cual incluyó firma del Presidente del Senado en Cartagena porque allá estaba él; pero inexplicable las velocidades de la H. Corte Constitucional. Este trámite exprés que está recibiendo el referendo reeleccionista no indica que la Corte vaya a fallar a favor de su constitucionalidad, pero la Corte indudablemente se debe cuidar de darle trámite privilegiado a ese proceso, porque como se sabe la mujer del cesar no solo debe ser honesta sino también parecerlo.