La Mesa Directiva de la Asamblea Departamental de Antioquia que preside Orfa Nelly Henao Giraldo, empezará el año de sesiones este miércoles, 14 de enero de 2015, con la instalación de Extraordinarias y una disyuntiva jurídica alrededor de la curul de Ángela María Cano Vargas. A la Diputada liberal le fue decretada medida de aseguramiento con detención preventiva domiciliaria a finales de diciembre pasado, al igual que al diputado del Partido de la U, Jorge Hernández Quiñónez. Sin embargo, alrededor de la asistencia a sesiones de éste no hay duda alguna, pues el Juez no le autorizó a él seguir asistiendo a la Duma.
Pero el juez 27 Penal Municipal con función de Control de Garantías, Hernán Ospina Rodríguez, le concedió a Cano Vargas la detención preventiva en su residencia con permiso para seguir asistiendo a las sesiones de la Asamblea. No obstante, la Mesa Directiva se mostró inicialmente preocupada porque, literalmente, el Acto Legislativo 01 de 2009 que en su artículo 6º modificó el 134 de la Constitución Política de Colombia, dice que “los miembros de las Corporaciones Públicas de elección popular (…) podrán ser reemplazados (…) por condena penal o medida de aseguramiento”, la cual fue efectivamente proferida por el juez Ospina Rodríguez, y en consecuencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, “será reemplazado por el candidato no elegido que, según el orden de inscripción o votación obtenida, le siga en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral”.
Algunos juristas aseguran que pese a la decisión del Juez, Ángela María Cano no debería seguir ejerciendo como diputada porque prevalece la norma constitucional, y la Mesa Directiva debe actuar en consonancia, ya que sus miembros, como servidores públicos, cumplen funciones públicas, y como tal, deben defender la Constitución. Plantean que la Mesa Directiva no debe actuar conforme con el “desconocimiento craso” del Juez, por la relevancia jurídica que podría traer el hecho que la Diputada participe en los debates con voz y voto. Además, sería un mal espejo para la sociedad que una persona glosada con medida de aseguramiento continúe actuando como servidora pública alrededor de decisiones que deben estar legitimadas constitucional, legal, jurídica y políticamente.
Pero hay jurisconsultos que piensan que la Mesa Directiva no debe actuar por su propia iniciativa, corriendo el riesgo de incurrir en prevaricato, al afirmar que la decisión del Juez fue inconstitucional e ilegal. No les queda otra alternativa que acatarla.
Hay quienes agregan que la Presidenta de la Asamblea Departamental de Antioquia no tiene la facultad para quitarle la investidura a la Diputada, especialmente cuando existe decisión judicial que la mantiene en su cargo: la única autoridad que puede declarar la nulidad de una elección popular o la pérdida de investidura de un corporado, es un Juez de la República que pertenezca a la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y a través de los procesos idóneos para ello. Además, la sanción disciplinaria debe ser establecida por un ente con competencia para tales efectos, como la Procuraduría.
De acuerdo con la presidenta Henao Giraldo, “hasta el momento ninguna autoridad le ha advertido a la Asamblea Departamental de Antioquia sobre la pérdida de investidura, nulidad, sanción disciplinaria u otra decisión que impida la asistencia a las sesiones de la diputada Ángela María Cano Vargas. Al contrario, el Juzgado 27 Penal Municipal con función de Control de Garantías informó expresamente en comunicación del 6 de enero pasado enviada al expresidente Rigoberto Arroyave, que la Diputada contaba con la autorización para asistir a las sesiones y ejercer su trabajo como tal”.
En consecuencia, en el marco del Estado Social y Democrático de Derecho que rige a Colombia, es deber de todo funcionario público obedecer la decisión del juez Hernán Ospina Rodríguez.
Jorge Hernández Quiñónez, quien obtuvo 20.115 votos en las elecciones de 2011, sería reemplazado por el número 12 en la lista, Saúl Martínez Quintero, quien sacó 8.874 votos, de los 70.264 votos obtenidos por el Partido de la U a la Asamblea de Antioquia.
Para el caso de la diputada Cano Vargas, el candidato que podría ocupar su curul es César Augusto Gómez Fonnegra, el noveno en la lista, quien obtuvo 16.432 votos, 82 menos que la Diputada, en un universo para el Partido Liberal de 42.735 votos.