Roger Vélez y Simón Espinosa, en Sinergia Informativa

Simón Espinosa, abogado Especialista en Gestión Tributaria Internacional, asegura que la Ley 2155 de septiembre de 2021, por la cual se expide la nueva reforma tributaria denominada “Ley de Inversión Social”, en efecto tiene un claro propósito de apoyo social, fortaleciendo los decretos que motivó la pandemia del COVID-19: Renta Básica, PAEF, Ingreso Solidario y otros.

Espinosa dice que podría ser entendida como una “reforma asistencialista”, necesaria para allegar los recursos para poder cumplir con los programas de inversión social, sin tocar demasiado el bolsillo de la clase media y trabajadora de Colombia y, en cambio sí, las arcas de los empresarios.

Simón Espinosa, abogado Especialista en Gestión Tributaria Internacional.

“Es una reforma que les incumple la promesa a los empresarios, pues les incrementará la tarifa general del impuesto sobre la renta a partir de 2022 a un 35%. De esta manera, desaparecería la reducción gradual en la tarifa, que de acuerdo con el inciso primero del artículo 240 del Estatuto Tributario, para el año 2022 y siguientes sería del 30%”, precisó Simón Espinosa en Sinergia Informativa.

Al parecer, el dinero va a salir de los empresarios, lo que puede dejar tranquilos a los sectores sociales, alternativos, sindicales y políticos de la oposición.

Sin embargo, según el Especialista en Gestión Tributaria Internacional, esta Ley presenta un aspecto preocupante para las personas naturales, en el sentido que la DIAN facturará, no sugerirá como lo hace actualmente, las declaraciones de renta. Esto significa que la liquidación no la hará el contador del contribuyente o el mismo contribuyente, sino que la DIAN tomará la decisión. En consecuencia, el contribuyente tendrá dos meses para desestimar la facturación directamente hecha por la DIAN y controvertirla.

“Se supone que la DIAN respetará el derecho fundamental al debido proceso, pero le corresponderá al contribuyente recurrir a la carga de la prueba para demostrar que la declaración de renta liquidada por la DIAN es incorrecta, si así fuere”, plantea Espinosa.

Los topes y las tarifas para la declaración de renta de las personas naturales serán las mismas y no habrá exenciones a las grandes empresas que, al contrario, pagarán 5 puntos porcentuales por encima de lo que se tenía previsto. Incluso, las entidades financiaras estarían gravadas con el 38%, cuando su renta líquida supere los 3.500 millones de pesos. Esta sobretasa se pagará entre 2022 y 2025.

“Esta reforma parece responder a la máxima esgrimida por los tradicionales opositores a las reformas tributarias: que pague más el que debe pagar más porque tiene más”, concluye Simón Espinosa en Sinergia Informativa.