La defensa del representante Óscar de Jesús Marín afirma que la pretensión del presidente de la Red de Veedurías Ciudadanas de Colombia, Pablo Bustos, para que el Consejo de Estado declare la pérdida de investidura del Congresista por presunto conflicto de interés y tráfico de influencias, se fundamenta en una apreciación subjetiva que pone en entredicho el principio de legalidad que rige todos los actos administrativos.
La Defensa asevera que son inadmisibles los juicios de valor de Bustos, según los cuales la actuación de la Contraloría General de la República es “ilegal y busca favorecer deliberadamente el parlamentario demandado…” Dice que esa calificación no sólo raya en la falsedad, sino que cuestiona malintencionadamente la decisión de un organismo de control, la lleva al escenario delictual y agrede la independencia de una institución que ha descollado por la transparencia de las investigaciones y la efectividad de sus decisiones en bien de la moralidad pública.
La defensa de Marín explica, además, que el control excepcional solicitado a la Contraloría General de la República por la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara, no implica que con ello se esté generando un privilegio o una dádiva para el Congresista, pues también se podría hacer a título de simple ciudadano.
Frente a la petición que se eleva al Órgano de Control desde una comisión permanente del Congreso, la Contraloría determina si encuentra justificable o no asumir el control excepcional solicitado o negar la solicitud presentada, en coherencia con la separación de las ramas del poder público en Colombia y la autonomía e independencia de los órganos de control, consagrados por el artículo 113 de la Constitución Política.
Agrega la defensa de Óscar Marín que el control excepcional que ejerce la Contraloría General de la República es un mecanismo de orden constitucional de garantía, el cual puede invocarse en los eventos en que haya duda fundada sobre la imparcialidad del órgano territorial de control, debido a presiones o injerencias locales que puedan afectar su idoneidad, como lo temió el congresista Óscar Marín por parte del contralor General de Antioquia, Jorge Rojas Otálvaro. Marín presumió la violación al derecho al debido proceso y al principio de la presunción de inocencia, los cuales consideró que no le respetarían en el curso del proceso fiscal 078 de 2010 que en su contra dirigía la Contraloría Departamental de Antioquia.
La representación del congresista Marín concluye que la actuación de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes fue en pleno derecho y en uso de las facultades que le han sido conferidas por la ley. Y la intervención del representante Óscar de Jesús Marín, no doblega ni la voluntad de sus compañeros de comisión y mucho menos la voluntad del órgano de control, ni tiene en forma alguna la posibilidad de predecir los resultados futuros de la proposición y mucho menos las decisiones que al respecto ha de tomar la Contraloría General de la República.