El juzgado 15 Administrativo del Circuito de Medellín por Auto del 22 de septiembre de 2008, resolvió no decretar la medida cautelar solicitada por Empresas Públicas de Medellín, la cual tuvo como origen la acción popular contra el Instituto para el Desarrollo de Antioquia –IDEA-, interpuesta por los ciudadanos Santiago Botero Echeverri y Carlos Enrique Botero Lora. 

 

 

La Acción Popular pretendía declarar la nulidad de los contratos de compraventa de acciones de la Sociedad Hidroeléctrica Pescadero Ituango, buscando con ello la protección a los derechos supuestamente vulnerados por el IDEA con esta operación, a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público. 

 

Esta demanda correspondió por reparto al juzgado 15 Administrativo del Circuito de Medellín, la misma que fue coadyuvada por Empresas Públicas de Medellín, Eugenio Prieto Soto y Rodolfo Andrés Correa Vargas. 

 

En el escrito de coadyuvancia presentado, se solicita como medida cautelar “La suspensión de las actuaciones y el ejercicio de cualquier derecho que tenga origen directo o indirecto en la negociación de las acciones de la Sociedad Hidroeléctrica Pescadero Ituango realizadas en julio y agosto de 2008.”  

 

La pretensión que no fue acogida por el juez, al considerar que de decretar las medidas scomunidad, sin existir fundamentos fehacientes o pruebas irrefutables y contundentes para ello y se violaría flagrantemente los derechos de las entidades, pues a éstas aún no se les ha concedido la oportunidad para explicar los presupuestos de la demanda”.