Con un fallo unánime y de profundo alcance ético, la Corte Constitucional ratificó la Ley 2385 de 2024, conocida como la Ley “No Más Olé”, la cual prohíbe, definitivamente, las corridas de toros en Colombia y, además, ordena la restricción progresiva de otras actividades violentas contra los animales, como las corralejas, el rejoneo, el coleo y las peleas de gallos. La Sentencia, emitida este jueves, 4 de septiembre de 2025, marca un punto de quiebre en la historia cultural y jurídica del País.

La Corte Constitucional fue clara: “prácticas que generan sufrimiento animal no pueden justificarse bajo el manto de la tradición cultural ni del patrimonio”. 

El “econgresista” Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, colíder del movimiento “Conservadores por Naturaleza” afirmó -a propósito de este momento histórico en torno al compromiso con el respeto, la defensa y la protección de los animales como seres sintientes- que el deber constitucional de proteger la vida prima sobre los intereses económicos y las costumbres heredadas.

El camino hasta esta decisión fue largo. La senadora Esmeralda Hernández impulsó la iniciativa que, finalmente, se convirtió en Ley, pero contó con el apoyo de senadores como Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, reconocido como uno de los pioneros en Antioquia de la causa animalista desde que, en 2006, siendo Concejal de Medellín, propuso por primera vez la prohibición de la tauromaquia.

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Ambos legisladores lograron que en mayo de 2024 la Cámara de Representantes aprobara con 93 votos a favor y sólo dos en contra el proyecto que ya había pasado por el Senado. Ese día, la senadora Hernández celebró el respaldo de los movimientos animalistas y agradeció de manera especial al “econgresista” Echeverry, a quien llamó su “gran coequipero” en esta cruzada.

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Por su parte, Echeverry recordó que la Ley 1774 de 2016 ya había reconocido a los animales como seres sintientes y tipificado el maltrato animal como delito, aunque con excepciones que permitieron mantener espectáculos como la tauromaquia, el coleo o las riñas de gallos. Por eso, insistió en que era hora de acabar con lo que calificó como una “atroz actividad”, contraria a la cultura de respeto a la vida que debe inspirar a Colombia.

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El fallo de la Corte Constitucional, además de blindar la Ley “No Más Olé” frente a las demandas que alegaban vulneración a la diversidad cultural y al derecho al trabajo, extendió la prohibición a las corralejas, el rejoneo y el coleo, que inicialmente habían quedado por fuera del alcance de la Ley.

Consciente de los impactos sociales y económicos, el el Alto Tribunal estableció un plazo de tres años de transición para que las comunidades vinculadas a estas prácticas adopten procesos de reconversión laboral y cultural. El objetivo es que quienes dependían de estas actividades encuentren alternativas productivas y de entretenimiento que no impliquen el maltrato animal.

El debate en Colombia nunca ha sido pacífico. Mientras sectores taurinos defendían la fiesta brava como patrimonio cultural y fuente de ingresos, el “econgresista” Nicolás Albeiro Echeverry señalaba la incoherencia.

No se puede al tiempo castigar con cárcel al que maltrata a un perro y permitir que un toro sea desangrado como espectáculo”, decía el “Econgresista”.

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Más allá del ámbito legal, la decisión refleja una tendencia global a repensar la relación entre humanos y animales, desplazando la noción de dominio hacia una ética del cuidado y el respeto. Para Colombia, significa cerrar un capítulo de prácticas que, aunque defendidas por algunos sectores como símbolos de identidad, ya no encuentran justificación en una sociedad que avanza hacia una cultura de paz y de vida.

El mensaje de la Corte Constitucional es claro: “la tradición no puede ser excusa para la crueldad”. 

El senador Conservador, Nicolás Albeiro Echeverry, concluye con satisfacción que Colombia entra así en un proceso de transición que no sólo implica nuevas políticas culturales y económicas, sino también un cambio profundo en la conciencia ciudadana.