Por: Rubén Darío Barrientos

Año 2000. Se promulga la Ley 581, conocida como “Ley de cuotas”. Sesenta meses después de que se reúne la IV Conferencia mundial para mujeres, que trazó los lineamientos de igualdad para mujeres y hombres, aflora esta normatividad. Hoy, trece años más tarde, siguen quebrantándose sus disposiciones por doquiera. Su contenido es categórico: al menos el 30% de los altos cargos públicos de libre nombramiento y remoción, tienen (sí, tienen) que estar ocupados por mujeres. Y se contempla: en ternas, una de tres tiene que ser mujer; en listas, obligatorio mitad hombres y mitad mujeres.

El presidente Juan Manuel Santos ha violado la ley en dos frentes: tanto en la franja de los ministerios (la participación de las mujeres estuvo en el 25 y hoy se sitúa en el 31%), como en la fila de las superintendencias. La Red Nacional de Mujeres y SISMA, demandaron ello ante el Consejo de Estado. Tenían toda la razón y el piso legal saltaba de bulto. Empero, dicha entidad se limitó a un anestésico “jalón de orejas”. Ahora Santos, a las volandas, recompuso la cosa y para cumplir la norma de “Ley de cuotas” les pidió la renuncia a los superintendentes. Cayó ya César González. Y, además, nombró en el Departamento Administrativo de Colciencias a una mujer (Paula Marcela Arias). Y va tras otra fémina en Subsidio Familiar.

Nada le pasó a Santos, por contravenir la ley. Debería haber dado ejemplo. Dice el texto que transgredir esta norma, que es obligatoria -y no es si se quiere-, es causal de mala conducta y se sanciona hasta con 30 días de suspensión en el cargo. Entre otras cosas, la Ley 581 habla de “al menos el 30%”, no es el 30% a secas. Es de ahí pa arriba. ¿Quiénes tienen que vigilar que se esté cumpliendo su mandato? El Procurador y el Defensor del Pueblo, amén de cualquier ciudadano que vea pisoteada la norma. Por eso, demandaron los dos colectivos. No aplica para las carreras judicial y administrativa, porque se excepcionan los ingresos por meritocracia.

 

Este precepto, que se conoce también con dos nombres periodísticos, a saber: “ley de discriminación positiva” y “ley de acciones positivas” y que se estableció para niveles directivos y de máxima decisión gubernamental, se ha vuelto un saludo a la bandera y auténtica letra muerta. Pasa de agache para muchos, incluyendo al presidente Santos. Él, que quiere quedar bien con dios y con el diablo, esta vez no tuvo el decoro de posar como un rey con las mujeres. Y ojo con estas cifras para cargos directivos del alto gobierno: en los ministerios, se acata entre el 16 y el 23%; en los departamentos administrativos, se cumple entre el 15 y el 29% y en las superintendencias, se prohija entre un 17 y un 28%. Sencillamente, norma inobservada. Y nadie le pone el cascabel al gato. Se hace “conejo” al por mayor, sin ruborizarse.

Entre otras cosas, las mujeres que bien merecen, que son dueñas de gran inteligencia y preparación académica, que son buenas planeadoras, harto metódicas y que han demostrado liderazgo, no deberían necesitar de una ‘Ley de cuotas” para alcanzar altos cargos en el gobierno. Deberían ser objeto de reconocimiento, al nombrárseles de manera encumbrada y con razón. Por eso, no se entiende que en Medellín haya habido una sola mujer alcaldesa, una sola mujer gobernadora y que Colombia no haya tenido ninguna mujer como presidenta. Este país es cicatero en premiar líderes femeninas. Y hay muchos gobernantes que le hacen pistola a la norma. Y no pasa nada. ¡Ay hombe!