Roger Vélez y Julián Peinado, en Sinergia Informativa.

El representante y aspirante a repetir curul en la Cámara con el número 101 en el tarjetón del Partido Liberal, Julián Peinado, autor de la “Ley Antichancleta”, que prohíbe el castigo físico y los tratos crueles como método de crianza o corrección de los niños de Colombia, aplaude la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional que tumbó por unanimidad dos disposiciones de la Ley 2089 de 2021.

Lo primero que la Corte y Julián Peinado comparten es que el castigo físico no puede comprenderse como “acción de crianza, orientación o educación”.

Julián Peinado, representante y aspirante a la Cámara con el número 101 en el tarjetón del Partido Liberal.

Lo segundo -manifestó el representante Peinado en Sinergia Informativa- es que definitivamente los padres pueden perder, sin atenuantes, la custodia de sus hijos o la patria potestad, cuando se produzca el castigo físico, sin la condición que sea reiterativo o habitual.

Eso fue una extraña creatividad de la doctora Paloma Valencia que dijo que por esa circunstancia no se podía perder la patria potestad. Yo les advertí a ella y al senador de Colombia Justa Libres, John Milton Rodríguez, quien fue un palo en la rueda del Proyecto en todo momento, que era inconstitucional. Por eso celebro la decisión de la Corte, porque ahora sí quedó con sentido el Proyecto, como realmente fue presentado, ese es el espíritu de la norma”, precisa Peinado    

El Candidato a la Cámara de Representantes con el número 101 en el tarjetón del Partido Liberal trasciende la ley con el énfasis constitucional en que así es como se puede empezar a hablar de paz en Colombia, demostrando, además, la postura ideológica que entrañan políticos de partidos y movimientos de derecha, amigos de la mano dura y del castigo, frente a políticos de pensamiento más liberal y progresista.

Julián Peinado celebra que ahora los jueces de familia tengan las manos libres para decretar la pérdida de la custodia o de la patria potestad, cuando simplemente se pruebe que ha habido actos de castigo, tratos crueles y humillantes, sin que, como condición, sean reiterativos.