La Procuraduría General de la Nación inició indagación preliminar al comandante del Ejército Nacional, General Eduardo Enrique Zapateiro, para determinar si participó en política con la publicación de seis trinos en contra del candidato a la Presidencia de Colombia por la coalición “Pacto Histórico”, Gustavo Petro.
La decisión de la Procuraduría se suma a la denuncia interpuesta por el abogado Jorge Eliécer Molano ante la Fiscalía General de la Nación. En esta, el denunciante pidió que se investigue al General Zapateiro por los delitos de prevaricato e intervención en política.
Sobre la conducta presuntamente disciplinable del Comandante del Ejército Nacional, la Procuraduría deberá tener en cuenta el artículo 219 de la Constitución Política, que se refiere a que la Fuerza Pública no es deliberante, y la Ley 1862 de 2017, por la cual se establecen las normas de conducta del Militar colombiano.
El artículo 219 Superior agrega que “no podrá reunirse sino por orden de autoridad legítima, ni dirigir peticiones, excepto sobre asuntos que se relacionen con el servicio y la moralidad del respectivo cuerpo y con arreglo a la ley. Los miembros de la Fuerza Pública no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos”.
Respecto de la Ley 1862, el Código Disciplinario Militar plantea que “es deber del militar cumplir y hacer que se cumplan los preceptos contenidos en la Constitución Política«.
La indagación preliminar iniciada por el Organismo de control disciplinario verificará la ocurrencia de la conducta por la cual el General Zapateiro ha estado en el ojo del huracán político y periodístico desde que, en defensa del honor del Ejército, le respondió con seis trinos a Gustavo Petro. Esta etapa no implica aún investigación y, menos, sanción disciplinaria.