Santiago Quintero Valencia y Róger Vélez, en Sinergia Informativa.

La Ley 2283 de 2023, que modifica la Ley 769 de 2002, «por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre» y reglamenta la actividad de organismos de apoyo al tránsito, ordena en su artículo 6 adicionar un parágrafo al artículo 53 de la Ley 769.

En el parágrafo 2º. en comento, la Ley ordena a los Centros de Diagnóstico Automotor que deben tomar “un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil para vehículos de servicio particular, que ampare los daños materiales causados a terceros, sin cargo o sobrecosto para el usuario, por la vigencia de cada uno de los certificados emitidos”.

Santiago Quintero Valencia, presidente de ACEDAN -Asociación Nacional de Centros de Apoyo al Tránsito CDA – CEA – CIA – CALE-

Este seguro deberá tener un valor asegurado mínimo de 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes -smlmv- para carros y siete smlmv para motocicletas y similares. En el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT- quedará asentada la información sobre los seguros obligatorios vigentes y los siniestros.

Santiago Quintero Valencia, presidente de ACEDAN, que es la Asociación Nacional de Centros de Apoyo al Tránsito CDA – CEA – CIA – CALE, confirmó la validez de esta Ley y su contenido, pues su esencia hizo pensar a muchas personas que se trataba de una Fake News.

Los Centros de Diagnóstico Automotor tienen la obligación de garantizar que en cada uno de sus establecimientos se ofrezcan los seguros obligatorios previstos en esta Ley, aunque esa obligación nos encarezca los costos, sin que estos puedan ser trasladados al cliente. Sin embargo, todavía no está vigente porque primero debe ser reglamentada«, dijo Santiago Quintero en Sinergia Informativa.

El Presidente de ACEDAN se refiere a que el Ministerio de Transporte debe reglamentar la Ley, las aseguradoras deben tener claridad sobre la misma y los centros de Diagnóstico deben conocer cómo podrán cumplir con un rubro nuevo que afectará sus presupuestos.

Quintero Valencia adelanta que la Ley será demandada porque tuvo vicios de trámite en el Congreso de la República y presenta muchas anomalías, entre otras, que algunos usuarios quedarían con dos pólizas, aunque el 50% de los propietarios de vehículos en Colombia no lo tiene asegurado, según Fasecolda.

Otra dificultad con que se encontrará esta Ley es que a las aseguradoras no les interesará asegurar vehículos a todo riesgo.