El Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia rechazó la que denominó indebida intromisión del Presidente de la República y del Ministro de Justicia en la decisión tomada por  el Juez Primero Penal del Circuito Especializado, Humberto Navales Durango, en el caso de Alirio de Jesús Rendón, alias “El Cebollero”, a quien concedió  la casa por cárcel.

El Colegio  denunció, además, ante los organismos internacionales, por su suma gravedad, la actitud asumida por el Ejecutivo  a través de los medios de comunicación y ejecutada en la práctica por el Ministro de Justicia al pretender suplantar al Juez natural del Proceso.

El siguiente es el texto completo del comunicado:

Medellín, Agosto 31 de 2011

COMUNICADO

El Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia RECHAZA con vehemencia, el desconocimiento de la INDEPENDENCIA judicial por parte del ejecutivo, en cabeza del señor presidente de la República y de su Ministro de Justicia.

Es inaceptable la intromisión indebida que el ejecutivo ha hecho, frente a la decisión asumida por el señor juez HUMBERTO  DE JESUS  NAVALES  DURANGO,  Juez Primero Penal  del  Circuito  Especializado, en el caso del señor Alirio  de Jesus  Rendón Hurtado, alias  el  Cebollero,  a quien el funcionario concedió la casa por cárcel, por encontrar acreditados los supuestos legales para ello.

El pilar del debido ejercicio de la función judicial en todo estado de derecho, es el respeto a la INDEPENDENCIA de los Jueces al emitir éstos las decisiones propias del cargo. En todos los órdenes constitucionales, esta garantía se consagra en función del ciudadano, con el fin de asegurarle que en sus actuaciones ante el órgano judicial, obtenga una decisión justa, conforme con el ordenamiento legal, alejada de toda influencia política o de todo vicio que afecte sus derechos fundamentales.

Este elemento esencial a la judicatura la consagra nuestro texto constitucional en el artículo 228, al disponer que “La Administración de justicia es función públicas. Sus decisiones son independientes”. Esta disposición se complementa con lo dispuesto en el artículo 230 ibídem, el cual consagra el que los jueces en sus providencias, “solo están sometidos al imperio de la ley”.

Bajo este marco constitucional, no es entendible, por lo tanto rechazable desde todo punto de vista, pretender invadir la esfera de competencia del juez natural del proceso; asumir decisiones que solo puede tomar aquél, no solo violenta los artículos 228 y 230 citados, sino que además implica una vulneración clara y expresa del artículo 113 de la Carta, el cual consagra el Principio de Separación de Poderes, pilar de la democracia, cuya no observancia por el ejecutivo conduce a un totalitarismo de estado, ajeno al estado de derecho.

El artículo 29 de nuestra Constitución, consagra el derecho fundamental al Debido Proceso; mediante su ejercicio y por los entes competentes. Es posible atacar en derecho, las decisiones judiciales que se estimen ilegales o contrarias al ordenamiento vigente. No es a través de los medios periodísticos ni por comunicados de prensa del ejecutivo, ni menos por órdenes de éste a funcionarios ignorantes de su función constitucional, como se discuten las providencias de un juez. Para ello están consagrados los recursos legales y tanto el ciudadano común como el propio jefe del ejecutivo, están obligados a observar la ley. Asumir actitudes populistas, aprovechándose de la ignorancia ciudadana acerca de los trámites procesales, configura una violación clara del ordenamiento constitucional que la judicatura denuncia mediante este comunicado y que además, deberá ser objeto de investigación por el  órgano competente.

Aparte de ésta vulneración del debido proceso en el caso en mención, el Colegio de Jueces y Fiscales rechaza contundentemente y denuncia ante los organismos internacionales por su suma gravedad, la actitud asumida por el ejecutivo en forma verbal mediante los medios de prensa y llevada a la práctica por su Ministro de Justicia, de pretender suplantar al juez natural del proceso en mención, doctor HUMBERTO  DE JESUS  NAVALES  DURANGO a través de dos acciones que mas que ilegales, reflejan una afectación del estado democrático de derecho. En la instauración de toda dictadura, el primer paso se da en acallar al órgano que controla la legalidad del estado: la judicatura. Ello se hace no solo deslegitimando su función ante la ciudadanía, sino que también se acude al retiro físico del juez para en su lugar, entrar el ejecutivo a tomar decisiones que no son mas que VIA DE HECHO, por no provenir del órgano competente. Exactamente esto es lo que ha ocurrido en el presente asunto, que el COLEGIO DE JUECES Y FISCALES DE ANTIOQUIA denuncia ante la opinión pública. Sin ninguna fórmula de juicio, mediante la manipulación  de un órgano de la rama judicial que tiene no solo origen, sino un funcionamiento totalmente político,   el Consejo Seccional de la Judicatura, Sala Disciplinaria,  apartó fulminantemente al señor juez NAVALES de su cargo y procedió el  juez disciplinario mediante una VIA DE HECHO, a asumir una posición jurídica en el proceso en el cual, no es el juez competente. Con ello, no solo vulneró el ordenamiento colombiano, sino que también desconoció el derecho fundamental al Debido Proceso del señor Rendón y del señor juez de conocimiento. El retiro del cargo de un funcionario del Estado, entre los cuales se comprende al Juez constitucional, solo está legitimado si se acompaña de un proceso adelantado con todas las formas legales. No es admisible la suspensión de un juez en el ejercicio del cargo, sin ninguna fórmula de juicio, toda vez que ello constituye una forma soterrada de vulneración de la independencia judicial, al utilizar esta herramienta no solo como forma de presión externa sino, como ocurre ahora, para facilitar la invasión del ejecutivo en las funciones propias de la Rama Judicial. Tampoco es admisible que a través de los medios masivos de comunicación se busque, no solo presionar las decisiones judiciales, sino también deslegitimar a los jueces ante la comunidad.

En efecto, en el día de hoy, 31 de agosto, el periódico El Colombiano  anunció con todo despliegue informativo, que el señor Ministro de Justicia estima que: “No hubo una situación de agudización del estado de salud del señor alias Cebollero que justifique en absoluto una suspensión de encarcelamiento como la que decretó el señor juez, eso está perfectamente claro”. [1]A renglón seguido se informa que el ministro anunció el traslado del detenido a otro centro carcelario. No aparece mención alguna a una decisión judicial que haya invalidado la que es objeto de rechazo por el señor presidente y su ministro de justicia.

Dónde queda el acatamiento que el ejecutivo debió dar a la decisión judicial, que hasta tanto no sea revocada o variada por el superior o por el mismo juez de conocimiento, está vigente ?  Dónde está el estado de derecho ? Pretende el ejecutivo que los jueces emitan decisiones en el sentido que el considere el correcto ?  Se olvida que en un estado democrático de derecho, los jueces están obligados a tomar decisiones solo conforme a derecho, aún en contra de la voluntad de los demás miembros del grupo social, incluidos los demás órganos del poder, en protección de los derechos fundamentales de los vinculados al proceso ?

La democracia está en  juego cuando  el Presidente  de turno   o  el órgano   de  investigación  de las  faltas de los  jueces,  proceden  sin  formulas  de juicio   en  contra  de  quien  como  juez  de la  República,  en  el marco  de sus   responsabilidades  constitucionales  y  legales,  adopta  una  decisión,  así esta  aparezca a simple  vista como  desatinada o   fuera  de  contenido.

Finalmente,  el Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia, rechaza la forma como la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia ha dejado de lado sus obligaciones constitucionales. Se han olvidado los señores Magistrados de la Sala, que ellos también son Jueces y por lo tanto, en el ejercicio de su cargo están sometidos a las mismas exigencias constitucionales de los jueces ordinarios entre las cuales, la independencia en sus decisiones y el respeto al derecho fundamental al Debido Proceso, es elemento esencial e inherente a sus decisiones. Admitir que el ejecutivo afecte externamente su independencia al darles órdenes sobre el sentido de sus decisiones, violenta las garantías constitucionales y constituye en ellos, una falta disciplinaria que debe ser investigada por el órgano competente, en defensa del Estado de Derecho. Toca acá citar a  Alexander Hamilton cuando afirma que “No hay libertad, si el poder de la justicia no está separado de los poderes legislativo y ejecutivo. La libertad no tendrá nada que temer de la judicatura sola, pero sí tendrá todo que temer de la unión de ésta con cualquier de los otros departamentos”.[2]

La decisión de suspender al juez natural del proceso penal mencionado, no fue acto producto del análisis fundado del juez disciplinario, ni emanó de una diligencia regularmente tramitada en contra de aquél. Esa decisión lamentablemente, obedeció a una orden que el ejecutivo dio al Juez disciplinario, quien al acatarla, desconoció lo que es la independencia judicial y el principio de separación de poderes y  lo más grave, violentó el derecho fundamental del Debido Proceso del señor Juez Navales, a quien antes de sancionarlo, como lo han hecho con la suspensión en su cargo, deberá probársele en juicio, que obró incorrectamente, lo cual no incluye asumir una postura hermenéutica diferente a la del juez disciplinario.

Es lamentable para la democracia colombiana,  que la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, en su afán de impedir la eliminación de la institución de nuestro ordenamiento en la reforma a la justicia que se discute, olviden la esencia, dignidad y exigencia constitucional de su cargo, como jueces disciplinarios al doblegarse ante el poder político y entregarle a éste, las decisiones que ellos solo deberían tomar con base en el artículo230 de la Carta, apegados solo a la ley.

Por todo lo anterior, el Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia hace un llamado de alerta a  las  Altas  Cortes,  Jueces,  Fiscales y  todas las organizaciones laborales, profesionales, y defensoras de los derechos humanos, a fin de unirnos en un frente común para preservar la democracia constitucional en nuestro país y para defender la INDEPENDENCIA JUDICIAL, como soporte esencial que es, en garantía de los derechos ciudadanos, cuya protección le ha sido asignada a los jueces, como órgano de cierre del sistema.

 

Angela María Marulanda Otálvaro

Presidenta

Copia :Presidente de la República

Ministro de Justicia

Relator de las Naciones para la Indepencia Judicial

Corte Suprema De Justicia

Corte Constitucional

Consejo de Estado

Consejo Superior De la Judicatura

Consejo Seccional De La Judicatura

Tribunal Superior de Antioquia

Tribunal Superior  de Medellín

Consejo Seccional de Antioquia

Jueces Para la Democracia de América Latina y Centro América

Federación Nacional de Colegios de Jueces y Fiscales

Colegios de Jueces y Fiscales  del País

Oficina del Alto Comisionado Para los Derechos Humanos.