El Corporado recordó que en Medellín, el Comparendo Ambiental se viene aplicando desde el pasado 23 de febrero en el centro de la ciudad. Pero con la implementación de este Acuerdo, se le dan más herramientas a la Administración Municipal para que haga efectivo los cobros a los infractores.
Sacar la bolsa de la basura en días y horarios no autorizados; arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público; extraer el contenido de las bolsas y recipientes para los residuos sólidos, una vez presentados para su recolección; realizar quema de residuos y escombros; no recoger los excrementos de las mascotas y, entre otros, arrojar basura desde un vehículo, son infracciones que las autoridades competentes sancionarán.
Echeverri Alvarán, autor de este Acuerdo, dijo que los inspectores municipales de Policía, corregidores y agentes de Tránsito, podrán imponer el Comparendo Ambiental al presunto infractor.
El “Econcejal”, como es conocido Nicolás Echeverri por su interés y trabajo en los temas ambientales, manifestó que debe entenderse como aplicación del Comparendo Ambiental, la simple notificación de la comisión de la infracción, mediante el formato de comparendo el cual será remitido a las autoridades competentes para la aplicación de la sanción correspondiente.
Las sanciones consisten en la citación al infractor para que reciba educación ambiental, durante cuatro horas. Si reincide deberá prestar un día de servicio social, realizando tareas relacionadas con el adecuado manejo de la disposición final de residuos sólidos. En caso de cometer la infracción por vez tercera y después de garantizarle el debido proceso, se impondrán las siguientes multas:
· Dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, si es cometida por una persona natural. La sanción es gradual y depende de la gravedad de la falta
· 20 salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, cometida por una persona jurídica. Este monto depende de la gravedad de la falta, sin embargo nunca será inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes
· Sellamiento de inmuebles, si es reincidente
· Suspensión o cancelación del registro o licencia, en el caso de establecimientos de comercio, edificaciones o fábricas, desde donde se causan infracciones a la normatividad de aseo y manejo de escombros. Si el desacato persiste en grado extremo, cometiéndose reiteradamente la falta, las sanciones antes enumeradas pueden convertirse en arresto.
El Concejal de Medellín dijo que los dineros recaudados por concepto de multas correspondientes al Comparendo Ambiental, deberán ser destinados a financiar programas y campañas educativas de cultura ciudadana ambiental, dirigidos a fomentar conciencia mediante la sensibilización y procesos educativos y capacitar a la comunidad y a las personas dedicadas a la actividad del reciclaje, sobre el adecuado manejo de residuos sólidos.