La Reforma a la Justicia que se debatió en el Congreso de la República dejó algunos sinsabores, especialmente al representante antioqueño por el Partido Liberal, Óscar de Jesús Marín, quien fue uno de los congresistas que se opuso al artículo que le quita facultades a la Rama Judicial para nominar y presentar candidatos a la elección de órganos de control, llamando la atención sobre el riesgo de la pérdida de autonomía e independencia en el control disciplinario, fiscal y electoral.
A Óscar de Jesús Marín le preocupa que el Presidente de la República quede con todas las facultades para nominar al Registrador, ante la expectativa de su propia reelección en 2014. Igual preocupación le asalta ante la posibilidad de que nomine la terna para escoger a quien debe ejercer el control político y disciplinario, en el caso del Procurador, dejando la puerta abierta para que se le faculte para nominar al Contralor, quien debe vigilar y controlar fiscalmente al Ejecutivo.
“Yo no estoy en desacuerdo con la manera cómo constitucionalmente hoy se ternan los candidatos para ejercer el control en Colombia. Tampoco lo estoy con la Reforma, en general, que actualmente cursa en el Congreso. Pero sí lo estoy con el articulado, en particular, que le da potestad al Ejecutivo para hacerlo, porque implica otorgarle todo el poder, generando el riesgo de su concentración en una sola Rama, contrariando los principios de nuestro Estado Social de Derecho. Si es necesario, que se busque otro mecanismo, porque el propuesto es el peor de todos”, explicó el representante Óscar Marín.
Actualmente, el Procurador es elegido por el Senado, de una terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Y el Contralor, es escogido por el Congreso en pleno, de una terna integrada por candidatos presentados por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.
El Congresista antioqueño recuerda que estos mecanismos garantizan la independencia de las cortes y el equilibrio de los poderes. De lo contrario se viola la voluntad del Constituyente del 91, que en los artículos 267 y 276 de la Constitución Política de Colombia señaló que el Contralor y el Procurador deben ser nominados por las Cortes.
El Representante a la Cámara Liberal recordó una cita del pensador político francés Montesquieu, de su obra “El espíritu de las leyes”, en la que dice:
“Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.
Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor. En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.”
El representante liberal, Óscar de Jesús Marín, reitera que lo que realmente establece los pesos y contrapesos, es la división de funciones y poderes de las ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial.