El Consejo Nacional Electoral (CNE) decidió avocar conocimiento de las actuaciones administrativas relacionadas con la inscripción del precandidato presidencial Iván Cepeda Castro a la consulta interpartidista denominada “Frente por la Vida”, programada para el próximo 8 de marzo de 2026, y ordenó la práctica de pruebas para esclarecer los hechos y argumentos jurídicos planteados por varios ciudadanos y dirigentes políticos.
La decisión quedó consignada en el Auto del 29 de enero de 2026, dentro de los radicados CNE-E-DG-2026-002657 y CNE-E-DG-2026-002705, y marca un punto clave en el debate jurídico-electoral que se ha abierto alrededor de la posibilidad de que un ciudadano que ya participó y resultó elegido en una consulta presidencial previa pueda volver a inscribirse en un nuevo mecanismo de consulta dentro del mismo proceso electoral.
Entre las actuaciones que motivaron la intervención formal del CNE se encuentran las solicitudes elevadas por los abogados Martín Emilio Cardona Mendoza y Juan Esteban Galeano Sánchez, quienes plantearon un problema jurídico de fondo: la eventual incompatibilidad legal de una segunda inscripción en consulta popular presidencial, cuando el mecanismo ya habría sido agotado en la consulta del 26 de octubre de 2025.
En sus escritos, los solicitantes sostienen que dicha consulta —en la que Iván Cepeda participó como precandidato y resultó ganador— tuvo plenos efectos jurídicos, al tratarse de una consulta popular interpartidista válida, con participación ciudadana, escrutinios oficiales, financiación estatal y carácter vinculante conforme a los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 1475 de 2011.
Desde esta perspectiva, permitir una nueva inscripción para marzo de 2026 podría —según los peticionarios— desnaturalizar el régimen de consultas, afectar la seguridad jurídica, generar asimetrías entre candidatos y comprometer incluso principios de economía y responsabilidad fiscal, al activar nuevamente el sistema de financiación y reposición de gastos.
En el Auto, el CNE no adopta una decisión de fondo, pero sí asume formalmente el conocimiento del asunto y reconoce que se trata de una controversia que exige un análisis probatorio y jurídico riguroso. En consecuencia, avoca conocimiento de las solicitudes y escritos presentados y ordena la práctica de pruebas, entre ellas requerimientos a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que remita la documentación relacionada con la inscripción de Iván Cepeda Castro en la consulta del 26 de octubre de 2025, su posterior inscripción a la consulta interpartidista del 8 de marzo de 2026 y la certificación de los resultados de la consulta anterior.
Este paso procesal busca verificar con precisión los hechos, las condiciones jurídicas en las que se realizaron las inscripciones y el alcance real de la consulta celebrada en 2025, antes de resolver si existe o no una causal que dé lugar a la revocatoria de la inscripción de Iván Cepeda.
Más allá del caso concreto, el Auto del CNE pone sobre la mesa un asunto estructural del sistema electoral colombiano: los límites jurídicos del uso reiterado de las consultas populares para la selección de candidatos presidenciales dentro de un mismo proceso electoral. De un lado, está el principio de participación democrática y la libertad de configuración política de partidos y coaliciones; del otro, la necesidad de preservar el carácter vinculante, unitario y no reiterable de las consultas, tal como lo prevé la legislación estatutaria y lo ha resaltado la jurisprudencia constitucional.
Por ahora, el Consejo Nacional Electoral optó por el camino institucional: escuchar, verificar, probar y decidir. El Auto no prejuzga, pero sí deja claro que la discusión no será resuelta en el terreno de la opinión política, sino en el del derecho electoral, con base en hechos verificables y normas vigentes.
El desenlace de esta actuación administrativa no sólo tendrá efectos sobre una precandidatura específica, sino que puede sentar un precedente relevante para la forma en que se entienden y aplican las consultas populares en la carrera presidencial hacia 2026.


























