El representante legal de la Veeduría Penitenciaria Nacional #568, Jorge Alberto Carmona Vélez, radicó una queja disciplinaria contra el Coronel Salomón Bello Reyes, comandante Operativo de Seguridad Ciudadana de la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá, por impedir el ingreso de la Veeduría a las salas de detención transitoria de varias estaciones de Policía.
Según el Veedor, la negativa se produjo mediante oficio fechado el 21 de agosto de 2025, en el que el Coronel Bello argumentó que el Auto de la Corte Constitucional del 22 de julio de 2025 sólo autoriza a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación para adelantar visitas de verificación en centros de detención.
El veedor Jorge Carmona sostiene que esta decisión desconoce el mismo Auto de la Corte, que en el marco del Estado de Cosas Inconstitucional carcelario y en centros de detención transitoria ordena garantizar el acceso de organizaciones de derechos humanos y de control social a los establecimientos de reclusión.
En su solicitud, Carmona señala que la actuación de la Policía vulnera varios derechos contemplados en la Constitución Política de 1991, como el de la participación ciudadana en la vigilancia de la gestión pública, el de petición, el debido proceso administrativo y el derecho al acceso a la información pública.
Asimismo, el Veedor Penitenciario cita las leyes 850 de 2003 y 1757 de 2015, que reconocen a las veedurías como mecanismos legítimos de control social, además de la Ley 1952 de 2019 (Código Disciplinario General), que establece deberes funcionales de los servidores públicos, entre ellos el de facilitar el ejercicio ciudadano de vigilancia.
Por lo anterior, Jorge Carmona solicita apertura de investigación disciplinaria contra el Coronel Salomón Bello Reyes, garantías de acceso inmediato y sin restricciones de la Veeduría Penitenciaria a cárceles y centros de detención transitoria, comunicación oficial a todas las estaciones de Policía para evitar nuevos impedimentos y sanciones ejemplarizantes por obstaculizar el ejercicio ciudadano de control social.